En el desafortunado contexto de los accidentes de trabajo y las enfermedades profesionales, surgen las lesiones permanentes no invalidantes (LPNI). Estas lesiones, si bien no incapacitan completamente a la persona afectada, dejan una huella imborrable en su cuerpo y, en ocasiones, en su vida.
A diferencia de las lesiones permanentes invalidantes, que impiden o limitan considerablemente el desarrollo de las actividades habituales, las LPNI no llegan a ese extremo. Sin embargo, representan un daño físico permanente que merece atención, valoración y compensación.
En este artículo, exploraremos qué son exactamente las lesiones permanentes no invalidantes, tipos, consecuencias y procesos de indemnización.
¿Qué son las lesiones permanentes no invalidantes?
En el ámbito de la salud laboral, las lesiones permanentes no invalidantes se definen como daños físicos corporales ocasionados por un accidentes de trabajo o una enfermedad profesional, que no incapacitan completamente a la persona afectada para realizar sus actividades habituales, pero que dejan una huella permanente en su organismo.
Es importante destacar que las lesiones permanentes no invalidantes no son sinónimo de lesiones leves. Si bien no impiden el desarrollo de las actividades laborales o cotidianas de manera total, sí representan un perjuicio físico permanente que merece ser reconocido y compensado.
Tipos de lesiones permanentes no invalidantes
Las lesiones permanentes no invalidantes se clasifican en función de la zona del cuerpo afectada y la gravedad de la lesión.
El baremos de lesiones permanentes no invalidantes, establecido por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social en España, es el instrumento que se utiliza para determinar la puntuación correspondiente a cada tipo de lesión, la cual a su vez determina la indemnización que se le otorga al trabajador afectado.
A continuación, se presenta una clasificación general de las LPNI:
Por zona del cuerpo afectada
- Cabeza y cuello: cicatrices, pérdida de audición, lesiones en los ojos, etc.
- Tronco: cicatrices, deformidades óseas, lumbalgia crónica, etc.
- Miembros superiores: pérdida de dedos, limitaciones en la movilidad de articulaciones, etc.
- Miembros inferiores: pérdida de dedos, limitaciones en la movilidad de articulaciones, cojera, etc.
Por gravedad de la lesión
- Leves: cicatrices pequeñas, pérdida de una falange distal, etc.
- Menos graves: cicatrices de mayor tamaño, pérdida de una falange proximal, etc.
- Graves: pérdida de varios dedos, limitaciones importantes en la movilidad articular, etc.
- Muy graves: amputación de una extremidad, deformidades óseas severas, etc.
Consecuencias de las lesiones permanentes no invalidantes
Si bien las lesiones permanentes no invalidantes no impiden completamente el desarrollo de las actividades habituales de la persona afectada, sí pueden tener un impacto significativo en su vida, tanto a nivel físico, psicológico como social. A continuación, analizaremos las principales consecuencias de las LPNI:
Repercusiones físicas
- Dolor: las LPNI pueden generar dolor crónico o molestias persistentes en la zona afectada, lo que puede limitar la movilidad y afectar la calidad de vida.
- Limitaciones físicas: dependiendo de la gravedad de la lesión, las LPNI pueden implicar limitaciones en la movilidad, la fuerza o la destreza de la persona afectada, lo que puede dificultar la realización de ciertas actividades laborales o cotidianas.
- Deterioro estético: algunas LPNI, como las cicatrices o las deformidades, pueden tener un impacto negativo en la imagen corporal y la autoestima de la persona afectada.
- Disminución de la capacidad funcional: en algunos casos, las LPNI pueden afectar la capacidad funcional de la persona, como la capacidad respiratoria o la capacidad cardiovascular.
Repercusiones psicológicas
- Trastornos del estado de ánimo: las LPNI pueden desencadenar trastornos del estado de ánimo como ansiedad, depresión o estrés postraumático.
- Dificultad para adaptarse al cambio: la persona afectada puede tener dificultades para adaptarse a los cambios físicos y funcionales que implica la lesión, lo que puede generar sentimientos de frustración, impotencia e incluso aislamiento social.
- Baja autoestima: el impacto estético de algunas LPNI, junto con las limitaciones físicas y las dificultades para adaptarse al cambio, puede contribuir a una baja autoestima en la persona afectada.
Repercusiones sociales
- Discriminación laboral: las LPNI, en algunas casos, pueden ser motivo de discriminación en el ámbito laboral, dificultando la reincorporación al trabajo o el acceso a nuevas oportunidades laborales.
- Aislamiento social: el dolor, las limitaciones físicas y las repercusiones psicológicas de las lesiones permanentes no invalidantes pueden llevar a la persona afectada a aislarse socialmente, evitando actividades o relaciones que antes disfrutaba.
- Dificultades en las relaciones familiares y de pareja: las LPNI pueden generar tensiones y conflictos en las relaciones familiares y de pareja, debido a los cambios en el estilo de vida y las necesidades esenciales de la persona afectada.
Proceso de indemnización por lesiones permanentes no invalidantes
El proceso de solicitud de indemnización por lesiones permanentes no invalidantes se realiza en las siguientes etapas:
Presentación de la solicitud
- El trabajador debe presentar el formulario oficial de solicitud de la prestación por lesiones permanentes no invalidantes en la Entidad Gestora de la Seguridad Social correspondiente (INSS o MUFACE).
- Junto al formulario, se debe presentar la siguiente información:
- Informe médico de alta.
- Copia de la resolución del Equipo de Valoración de Incapacidades (EVI) que reconozca la lesión permanente no invalidante.
- Documentación acreditativa del accidente de trabajo o enfermedad profesional (en su caso).
Revisión de la solicitud y documentación
- La Entidad Gestora revisará la solicitud y la documentación aportada por el trabajador.
- Si la solicitud es correcta y la documentación completa, se procederá a la valoración de la lesión y la determinación de la cuantía de la indemnización.
Valoración de la lesión y cuantía de la indemnización
- La valoración de la lesión se realiza de acuerdo con lo establecido en el Baremo de Lesiones Permanentes No Invalidantes de la Seguridad Social.
- El baremo establece una serie de puntos para cada tipo de lesión o mutilación, en función de su gravedad.
- La cuantía de la indemnización se calcula multiplicando el número de puntos asignados a la lesión por la cuantía correspondiente a cada punto, que se fija anualmente por el Ministerio de Trabajo y Economía Social.
Resolución y pago de la indemnización
- La Entidad Gestora emitirá una resolución reconociendo o denegando la prestación y fijando la cuantía de la indemnización en caso de resolución favorable.
- Si la resolución es favorable, la indemnización se abonará al trabajador en un pago único.
Recurso en caso de resolución desfavorable
- Si el trabajador está en desacuerdo con la resolución de la Entidad Gestora, puede interponer recurso administrativo en el plazo de un mes a partir de la notificación de la resolución.
- Si el recurso administrativo es desestimado, el trabajador puede interponer recurso contencioso-administrativo ante los tribunales ordinarios.
Asesoramiento
- Es recomendable contar con el asesoramiento de un abogado especializado en derecho de la Seguridad Social para la tramitación de la solicitud de indemnización por lesiones permanentes no invalidantes.